Gracias a las últimas mejoras en Ley del Mecenazgo, como socio o donante de Coopera ONGD (entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002), obtendrás mayores beneficios fiscales en:

1.- La Declaración de la Renta (IRPF) correspondiente al ejercicio 2017 y sucesivos.  

2.- En la presentación del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2017 y sucesivos, si realiza una donación a Coopera o suscribe con nosotros un convenio de colaboración.

En la siguiente tabla puede consultar las ventajas fiscales que obtendría por tus donaciones. Si ya eres socio y crees que es un buen momento, incluso podrías aumentar tu cuota.

Tabla I: Deducciones en el IRPF por donaciones a Coopera ONGD

IRPF Ejercicio 2017 y siguientes
Primeros 150 euros 80%
Resto 35%
Donaciones plurianuales. Si se ha donado a Coopera ONGD por valor igual o superior a 150 € durante al menos los dos ejercicios anteriores 40%
Límite deducción base liquidable 10%

Tabla 2: Deducciones en el IMPUESTO DE SOCIEDADES por donaciones a Coopera ONGD

Impuesto de Sociedades Ejercicio 2017 y siguientes
Donaciones en general 40%
Donaciones plurianuales. Si se ha donado a Coopera ONGD por valor igual o superior a 150 € durante al menos los dos ejercicios anteriores 45%
Límite deducción base liquitable 10%
Firma de convenio con la ONGD Coopera. Las cantidades satisfechas en virtud del convenio de colaboración, se consideran gastos deducibles al  sin ningún límite para determinación de la base imponible el IS de la entidad colaboradora. 100%

‘CUANTO MAYOR SEA TU APOYO, NUESTRA AYUDA LLEGARÁ A MÁS PERSONAS’